A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Energía De Casanare- Enerca Esp Sa·Demandado Plata María Aurora
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Proceso judicial para cobro de facturas por prestación de servicios públicos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Yopal y el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Yopal originado en una demanda ejecutiva singular de mínima cuantía presentada por la Empresa de Energía de Casanare S.A.
ESP, en contra de una ciudadana, con el objeto de que se libre mandamiento de pago por el incumplimiento de un acuerdo por concepto de prestación del servicio de energía.
Cumplidos los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo que configuran un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión dispuesta en Autos 879 y 2186 de 2023, según la cual, los procesos que pretendan ejecutar los títulos ejecutivos que incorporen deudas derivadas de la prestación de servicios públicos domiciliarios deberán tramitarse ante la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad civil, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley 142 de 1994, el cual fue reformado por el artículo 18 de la Ley 689 de 2001.
En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Cuarto Civil Municipal de Yopal para que proceda con lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el Conflicto de Jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Yopal y el Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Yopal y DECLARAR que el Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Yopal, es la autoridad competente para conocer el proceso ejecutivo promovido por Empresa de Energía de Casanare SA ESP contra la señora María Aurora Plata.
- Segundo. REMITIR por intermedio de la Secretaría General, el expediente CJU - 5812 al Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Yopal para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión al Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Yopal y a los sujetos procesales dentro del asunto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.